Términos comerciales internacionales
El comercio internacional ha creado un dialecto propio y comercial, común para todos los países. Este lenguaje se denomina Incoterms: Términos Comerciales Internacionales, fueron producto de las negociaciones internacionales. Son una combinación de reglas que internacionales para establecer las condiciones de venta, riesgo y responsabilidades, de admisión voluntaria entre las partes vendedor y comprador, establece la trascendencia de las cláusulas comerciales contenidas en el contrato de compraventa internacional. Los incoterms son siglas o abreviaturas, que intervienen en la compraventa internacional, además se los designa cláusulas de precio, pues cada termino admite fijar los componentes adicionales del precio. La intención de los incoterms es proporcionar un conjunto de reglas internacionales para la comprensión de los vocablos mas utilizados en el comercio internacional. Quien funda los incoterms es la cámara de comercio internacional llamada Brochure, con cede en Paris. Debido al avance del comercio internacional estas normas y con le paso del tiempo fueron examinadas y actualizadas. La ultima reforma se produjo en el año 2000 de manera que llevan el nombre de incoterms 2000 en donde se consideran como importantes la aparición de las zonas francas, las variabilidades en las experiencias del transporte aplicándose cada vez más al llamado transporte multimodal muy utilizado y en el aumento de la aplicación de las comunicaciones electrónicas en las negocios comerciales.
De ningún modo los costos sustituyen al contrato de compra venta internacional. Solo son guías para establecer principalmente los compromisos y derechos que existen tanto para vendedor como para el comprador. Además los Incoterms se especifican por las características de entrega de las mercaderías que originan una acuerdo. La elección del incoterm interviene concernientemente en el costo del contrato. Las diversas cláusulas y pasan a llamarse Ex –Works: en fabrica, FCA: libre transportista, FAS: libre al costado del buque, FOB: libre a bordo, CFR costo y flete, CIF: costo seguro y flete, CPT: transporte pagado hasta, CIP: transporte y seguro pagados hasta, DAF: entregado en frontera, DES: entrega sobre buque en puerto de destino, DEQ: entrega en muelle de destino con derechos pagados, DDU entrega en destino derechos no pagados, DDP: entrega en destino con derechos pagados. La noción de los diferentes puertos, seguros, medios de transportes, tránsitos, regímenes aduaneros en destino, etc. establecerá la cláusula apropiada.